MOVILIDAD FUNCIONAL PARCIAL

La movilidad funcional es el cambio de funciones habitualmente prestadas por el trabajador. Si ha cambiado las funciones laborales que habitualmente realiza en su trabajo seguramente nos refiramos a dicha situación como la movilidad funcional.

La movilidad funcional se puede dar por la voluntad unilateral del empresario y una de los tipos no previsto legalmente de manera expresa es la movilidad funcional parcial.

Por esto se entiende el supuesto del trabajador que se moviliza para desempeñar funciones correspondientes o no a otro grupo o categoría profesional no equivalente, sin dejar de desempeñar las propias para las que se le contrató.

En cuanto a su retribución básica, en muchas ocasiones una cuestión más problemática, se le pagará en proporción al tiempo trabajado en cada una de las funciones que el trabajador está realizando.

Si cree que necesita asesoramiento respecto a la movilidad parcial y no sabe a quién acudir le recomendamos ponerse en contacto con nuestro despacho de abogados laboralistas en Zaragoza. Pondrán a su disposición toda la información necesaria para suplir cualquier problema o duda relacionada con la movilidad funcional parcial. Contamos con auténticos expertos en el derecho de los trabajadores.