Cuando un despido afecta a un número mínimo de trabajadores en la empresa, nos encontramos ante el llamado despido colectivo o Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
El mínimo de trabajadores necesario para calificarlo como un despido colectivo, está establecido por ley, y es el siguiente:
Como sucede en el resto de despidos, en este caso la empresa deberá alegar una serie de causas tasadas por la ley, demostrables.
Las causas pueden ser de carácter económico, organizativo, técnico o de producción.
Para proceder con el despido colectivo, es preciso que se inicie el llamado Expediente de Regulación de Empleo.
En la actualidad, la legislación en materia laboral permite que se inicie el mismo sin que exista una autorización previa. En el caso de que este ERE sea impugnado, algo habitual, será el Juez quien determine la legalidad o no de este.
Al comienzo del expediente la empresa debe iniciar un periodo de consultas. Durante dicho periodo deberá aportar la documentación contable y fiscal en la que se muestre la situación económica de la empresa, además de una memoria en la que se detallen las causas que se alegan como justificativas del despido colectivo.
Un despido colectivo es un proceso complejo, por lo que, tanto empresa como trabajadores, necesitan recibir el asesoramiento de abogados laboralistas expertos que les orienten durante todo el proceso.
Nuestros abogados laborales de Zaragoza están habituados a este tipo de procesos, contando con la experiencia necesaria para ofrecer el mejor asesoramiento legal. No dude en consultarnos si se ha visto o se va a ver afectado por un ERE en su empresa.