La responsabilidad de los administradores

responsabilidad de los administradores

Los administradores son responsables frente a las sociedades, los socios y los acreedores, de los daños que causen por acciones u omisiones contrarias a la ley o los estatutos, así como por el incumplimiento de los deberes que les confiere la Ley de Sociedades de Capital.

Así pues, los administradores no se pueden exonerar de responsabilidad aunque la Junta General hubiese adoptado o ratificado un determinado acuerdo.

No obstante, debe tenerse en cuenta, que los administradores actúan en nombre y por cuenta de la sociedad; es decir, que los negocios que realizan en nombre de ella, se entienden llevados a cabo por ésta (por ejemplo: compra la sociedad, no el administrador). Por ello, con carácter general, de las deudas sociales responde la sociedad y no los administradores.

Ahora bien, si los administradores actúan de forma negligente (como por ejemplo, efectuando una compra arriesgada) y causan daños a la sociedad, de manera que ésta deba hacer frente a las deudas sociales, podrá la sociedad entablar acción social de responsabilidad contra el administrador.