Especialidades en la Relación Laboral común

Especialidades relación laboral comúnSon relaciones laborales que se rigen por el Estatuto de los Trabajadores pero con especialidades. Generalmente las especialidades vienen porque se desarrollan en el marco de empresas distintas como las de inserción o las Administraciones Públicas.

En las relaciones laborales comunes se dan de manera conjunta las notas de voluntariedad, dependencia, ajenidad y remuneración. De cara a las especialidades en la relación laboral común, dependiendo del sector o el contrato especial, contarán con una regulación específica.

En este grupo se pueden encontrar, entre otros, los cooperantes, que se regulan por RD 519/2006, de 28 de abril y por la Orden del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación 163/2007, el personal investigador en formación, se regula en RD 63/2006, de 27 de enero o los profesores de religión en centros públicos dependientes de requisitos de idoneidad por mandatarios de confesiones religiosas.

Si podemos ayudarle a resolver cualquier tipo de duda o pregunta acerca de las especialidades en la relación laboral común o sobre cualquier otra consulta de derecho laboral podrá contar con nuestro equipo de profesionales. Pondremos a su disposición toda la información que pueda necesitar de la mejor manera posible. Nos encontramos en Zaragoza.